Reclaman omisión de consulta indígena y deficiencias en la evaluación de la Central Fotovoltaica Inca de Varas I.
La Comunidad Indígena Colla “Sol Naciente de Pastos Grandes” presentó una reclamación ante el Primer Tribunal Ambiental, con el objetivo de revertir la decisión de la Comisión de Evaluación Ambiental (COEVA) que declaró inadmisible su solicitud de invalidación de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto “Central Fotovoltaica Inca de Varas I”, impulsado por la empresa Inca de Varas I S.A.
Según el escrito, la comunidad sostiene que su solicitud fue presentada dentro del plazo legal de dos años establecido en el artículo 53 de la Ley N° 19.880, y que la interpretación de la COEVA —al considerar que el ingreso no fue con “suficiente antelación”— vulnera el derecho de los administrados a contar con el plazo completo dispuesto por la normativa.
Junto con ello, advierten múltiples deficiencias en la evaluación ambiental del proyecto. Entre ellas, destacan la falta de identificación de áreas de veranada e invernada tradicionalmente utilizadas para el pastoreo, la ausencia de análisis sobre los impactos en sistemas de vida y costumbres de comunidades protegidas, y la omisión de invitaciones a sus representantes para participar en reuniones de evaluación, lo que contraviene el artículo 86 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).
Asimismo, denuncian que no se llevó a cabo el procedimiento de consulta indígena, a pesar de la evidente presencia de comunidades originarias en el área de influencia del proyecto.
La comunidad solicita que se revoque en todas sus partes la resolución impugnada y que se acoja a tramitación la solicitud de invalidación presentada en sede administrativa. Subsidiariamente, piden la invalidación de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y del proyecto en cuestión, retrotrayendo el procedimiento a una etapa previa al Informe Consolidado de Solicitudes de Aclaraciones, Rectificaciones o Ampliaciones (ICSARA). En esa etapa, exigen que se soliciten antecedentes para determinar la existencia de impactos significativos y, de acreditarse, se rechace la declaración y se exija el ingreso de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), conforme al artículo 7° del reglamento del SEIA.
La Central Fotovoltaica Inca de Varas I se ubicaría en la comuna de Copiapó, Región de Atacama. Considera la instalación de 144.928 paneles bifaciales con una potencia nominal de 545 Wp cada uno, totalizando 79 MWp de capacidad instalada. El proyecto abarca una superficie de 122 hectáreas, tiene una vida útil estimada de 50 años y contempla una inversión de 90 millones de dólares.
El Primer Tribunal Ambiental acogió a trámite la reclamación bajo la causa R-135-2025. Ahora corresponde al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) informar los fundamentos que tuvo para declarar inadmisible la solicitud de la comunidad.