SEREMI del Medio Ambiente invita a participar en consulta pública de normas de calidad del aire para la cuenca del río Huasco

Las normas secundarias de Dióxido de Azufre (SO₂) y Material Particulado Sedimentable (MPS) estarán abiertas a observaciones hasta el 4 de diciembre de 2025.

El Ministerio del Medio Ambiente abrió la consulta pública de dos importantes normas de calidad del aire que buscan fortalecer la gestión ambiental y la protección de los ecosistemas en la cuenca del río Huasco. Se trata de las normas secundarias para Dióxido de Azufre (SO₂) y Material Particulado Sedimentable (MPS), cuyos anteproyectos están disponibles en el sitio consultasciudadanas.mma.gob.cl.

Ambos instrumentos forman parte del compromiso del ministerio con la protección del patrimonio natural y la biodiversidad, y permitirán actualizar los estándares ambientales vigentes.

La revisión de la Norma Secundaria de Calidad del Aire para Dióxido de Azufre (SO₂) tiene como propósito prevenir los efectos del contaminante en los ecosistemas, especialmente sobre la flora, fauna y los servicios ambientales que estos proveen. El anteproyecto propone valores más estrictos a nivel nacional, eliminando las diferencias geográficas entre el norte y el sur del país, y fijando nuevos límites para las concentraciones horarias, diarias y anuales.

La SEREMI del Medio Ambiente de Atacama, Natalia Penroz, destacó que “actualmente, la normativa chilena presenta estándares más permisivos que los utilizados en otras partes del mundo. Por ello, la propuesta del Ministerio del Medio Ambiente busca actualizar los valores máximos de dióxido de azufre a 350 µg/Nm³ como promedio horario, 150 µg/Nm³ en 24 horas y 50 µg/Nm³ anual, fortaleciendo la protección ambiental y la conservación de los ecosistemas”.

La segunda norma en consulta corresponde al Material Particulado Sedimentable (MPS), que busca prevenir los efectos derivados de la deposición de partículas con contenido de hierro sobre los ecosistemas de la cuenca del río Huasco. Este anteproyecto actualiza la regulación vigente desde 1992, dictada originalmente por el Ministerio de Agricultura, adecuándola al marco legal de la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

El MPS está compuesto por partículas atmosféricas que, debido a la gravedad, se depositan en la vegetación, el suelo y otras superficies, provenientes tanto de fuentes naturales como de actividades industriales, mineras, agrícolas o de construcción.

De acuerdo con el estudio técnico que sustenta la propuesta, los límites actuales del MPS se encuentran entre los más estrictos del mundo, por lo que no se modifican sus valores vigentes, centrándose la actualización en aspectos jurídicos y técnicos para entregar mayor certeza ambiental y regulatoria.

Un avance relevante del nuevo texto es la definición clara del ámbito territorial de aplicación, ya que la norma de 1992 no delimitaba con precisión la cuenca del río Huasco. La propuesta establece que se aplicará a toda la cuenca, incluyendo su tramo alto en la Región de Coquimbo, y se complementará con el polígono de la comuna de Huasco, declarado zona latente por MP10 mediante el D.S. N° 40/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.

Durante el proceso de consulta pública, cualquier persona o institución puede presentar observaciones fundadas a través de la plataforma digital del ministerio, dentro del plazo de 60 días hábiles que establece la normativa. Las observaciones estarán abiertas hasta el 4 de diciembre de 2025, y ya se han realizado jornadas presenciales de participación en las comunas de Vallenar y Huasco, fortaleciendo el diálogo entre la ciudadanía y las autoridades ambientales.