DGA Atacama acredita faltas graves de la Junta de Vigilancia del Río Huasco

La Dirección General de Aguas declaró comprobadas denuncias por abusos en la administración del recurso, instruyó corregir el modelo de distribución y derivó antecedentes al Ministerio Público por posible usurpación de aguas.

Mediante la Resolución Exenta N.º 1.170, la Dirección General de Aguas (DGA) de Atacama declaró fundadas las denuncias interpuestas contra la Junta de Vigilancia del Río Huasco por irregularidades en la administración del recurso hídrico.

Las denuncias fueron presentadas por la Comunidad de Aguas Canal La Pampa, la Empresa Agrícola Perales SPA y la Comunidad de Aguas Canal Marañón y su prolongación. Tras una investigación, la DGA estableció que la organización carece de un modelo de distribución aprobado en Asamblea General de Regantes y visado por la autoridad, en conformidad al Código de Aguas. Además, determinó que el directorio aprobó la sobreentrega de volúmenes —cerca de 6 millones de metros cúbicos— en beneficio exclusivo del Canal Compañía, generando un eventual perjuicio a otros usuarios.

El organismo resolvió también que el Embalse Santa Juana no puede ser utilizado como “bodega” de derechos permanentes, ya que los únicos derechos constituidos en dicha infraestructura son de carácter eventual y solo aplicables en períodos de excedencia del caudal matriz.

Como medidas, la DGA ordenó que la Junta someta en un plazo de 90 días a votación extraordinaria un modelo de distribución ajustado a la ley y elabore un plan de operación del embalse conforme a las normativas vigentes. Asimismo, derivó los antecedentes al Ministerio Público para investigar una eventual usurpación de aguas y aplicó una multa de 10 UTM a la Junta por no entregar información durante el proceso.