El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de las jurisdicciones Arica, Iquique, Antofagasta, Copiapó y La Serena, Vicente Hormazábal Abarzúa, condenó a un oficial de Carabineros en retiro por su responsabilidad en el delito consumado de secuestro simple de Florencio Ascencio Vargas Díaz, exalcalde de la comuna de Pueblo Hundido (hoy Diego de Almagro), ilícito perpetrado en octubre de 1973.
En el fallo, el ministro Hormazábal sentenció al teniente de la institución a la época de los hechos, Óscar Arnaldo Urrejola San Martín a 3 años de presidio, con el beneficio de la remisión condicional de la pena con plazo de observación por el término de tres años.
En la resolución, el ministro Hormazábal Abarzúa dio por establecido que, a partir del 11 de septiembre de 1973, en que las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile tomaron el control político y policial del país, esa función fue ejercida en la comuna de Pueblo Hundido (hoy Diego de Almagro) por Carabineros de Chile a través de la tenencia existente en ese lugar, dependiente de la Comisaría de Chañaral, recinto que se encontraba al mando de Óscar Urrejola.
Se constató que Florencio Ascencio Vargas Díaz, militante del Partido Socialista de Chile y en ese momento alcalde de la comuna de Pueblo Hundido, fue depuesto de dicho cargo el 11 de septiembre de 1973 por el ex funcionario policial, quien ordenó su detención el 23 de octubre de 1973, lo que se concretó en la vía pública por efectivos de Carabineros de Chile.
Fue trasladado inmediatamente a la tenencia de la localidad, donde fue ingresado en custodia a uno de sus calabozos, siendo encontrado su cuerpo sin vida, al interior de ese reducto, al amanecer del 24 de octubre de 1973, por funcionarios de guardia de la unidad policial.
Acta
En el acta de inscripción de defunción de la víctima, figura como causa de muerte, asfixia, ahorcamiento tipo suicida.
Finalmente, el jefe de la tenencia negó que la privación de libertad haya sido ordenada por la Intendencia, Gobernación de la Región de Atacama o por el juez militar de dicha localidad y tampoco se ha demostrado que los hechos “confusos e indeterminados que se esgrimieron para proceder a la detención de la víctima, lo hayan sido por delito flagrante o in fraganti, esto es, que en el acto de la detención se estuviere cometiendo o se acabare de cometer, de manera que la orden emanada de la autoridad policial fue ilegal y arbitraria”.
En el aspecto civil, la sentencia condenó al fisco a pagar una indemnización total de $130.000.000, por concepto de daño moral, a las hijas de la víctima.
HISTORIA
Florencio Vargas conocido como “Varguitas” fue electo como el primer alcalde de Pueblo Hundido, después de que ésta se convirtiera en comuna el año 1970. Un documental retrata la historia de quien fue el regidor de Pueblo Hundido, quien era militante socialista, casado, 2 hijos, 65 años a la fecha de su muerte. El año pasado, al conmemorarse los 50 años del golpe de Estado se conoció un documental, un homenaje a su labor que está en Youtube, llamado “Con Florencio Vargas en la memoria”.