Conacep se lanza contra normas de educación en CC: «Un grave retroceso para libertad de enseñanza»

El Pleno de la Convención envió al borrador de nueva Constitución los últimos artículos sobre derechos sociales. Entre ellos estaban los de educación. Para la Corporación Nacional de Colegios Particulares (Conacep) las disposiciones aprobadas por el Pleno debilitan «significativamente la libertad de enseñanza».

La Corporación Nacional de Colegios Particulares (Conacep) criticó de dura manera las normas de educación aprobadas por la Convención Constitucional.

A su juicio, los derechos en materia educativa que recibieron la luz verde del órgano debilitaron “significativamente la libertad de enseñanza”.

A través de un comunicado, además, lamentaron que se haya excluido “el reconocimiento del derecho preferente y el deber de los padres de educar a sus hijos y la especial protección que el Estado debe otorgar al ejercicio de este derecho y eliminado la garantía constitucional para abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales no estatales”.

La entidad también denunció que la Convención Constitucional aprobó una “aparente libertad de enseñanza”, pero restringida al cumplimiento de una ley común aprobada por mayoría simple.

“Ello implica, en los hechos, que la libertad de enseñanza deja de ser una garantía constitucional y queda sometida a los arbitrios de mayorías circunstanciales que la podrán conculcar en el futuro”, avizoraron.

Libertad de padres para elegir el tipo de educación de sus hijos

Conacep también calificó como engañosa la redacción aprobada sobre la libertad de padres para elegir el tipo de educación de sus hijos.

El texto propuesto “comprende la libertad de padres, madres, apoderados y apoderadas a elegir el tipo de educación de las personas a su cargo, respetando el interés superior y la autonomía progresiva de niños, niñas y adolescentes”, reconocieron.

“Esta norma busca generar la idea que los padres mantienen el derecho preferente a conducir la educación de sus hijos, en circunstancias que, en los hechos, lo elimina, reduciéndolo exclusivamente a la elección del tipo de educación y excluyendo la especial protección del Estado que, en la actual Constitución, se otorga a este derecho”, espetaron.

En su declaración, Conacep indicó que la Convención tiene la obligación de respetar los tratados vigentes, algo que no se cumple en el texto aprobado ya que el artículo 26 número 3 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece que “los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos”.

A aquello sumó parte del Pacto Internacional de los Derechos Económicos Sociales y Culturales, ratificado por Chile en 1972.

“En la propuesta constitucional aprobada no se incluyó la libertad de ‘abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales no estatales’, como efectivamente reconoce hoy la Constitución vigente”, complementaron.

“Si la Constitución no reconoce expresamente la libertad de abrir colegios no
estatales, la libertad de elección es letra muerta y no tiene existencia real”, lanzaron.

En esa línea, Conacep también criticó que en ninguna parte de la propuesta constitucional se mencione la expresión colegios particulares subvencionados.

“En circunstancias que en ellos estudia el 56% de los alumnos del país y ha sido consistentemente la opción elegida por la mayoría de las familias chilenas”, ejemplificaron.

Libertad de cátedra

Finalmente, Conacep criticó que, en la formación preescolar, de enseñanza básica y media se otorgue a los profesores la denominada “libertad de cátedra”.

“Es una facultad propia de la educación superior, en que los alumnos son generalmente mayores de edad y pueden discernir cuando se trata de materias educacionales o de opiniones políticas e ideológicas de los docentes”, comentaron.

“El uso de esta facultad puede llevar a graves vulneraciones a los derechos de los niños y sus familias ya que, amparados en esta supuesta libertad de cátedra, se podrá incluso cuestionar el proyecto educativo y los valores que inspiran a cada establecimiento”, sostuvieron.

¿Qué normas de educación aprobó la Convención?

El Pleno de la Convención envió al borrador de nueva Constitución los últimos artículos sobre derechos sociales.

Entre ellos, por ejemplo, uno que crea un Sistema de Educación Pública de carácter laico y gratuito.

De aprobarse la propuesta en el plebiscito, a partir de esa fecha la educación “será de acceso universal en todos sus niveles y obligatoria desde el nivel básico hasta la educación media”.

Junto a lo anterior también se aprobó que los estudios de educación superior, conducentes a títulos y grados académicos iniciales, serán gratuitos en las instituciones públicas y en aquellas privadas que determine la ley.