Declaración Publica Junta de Vigilancia de la Cuenca del río Huasco y su Afluentes

A raíz de la serie de maniobras de carácter mediático y a través de redes sociales que ha ejecutado la Fundación Isabel Aninat Echazarreta (“La Fundación”), propietaria actual del inmueble denominado “Hacienda Las Ventanas”, ubicado en la provincia de Huasco, región de Atacama, con respecto a actos legales de distribución de las aguas sometidas a la jurisdicción de la Organización de Usuarios que el suscrito representa, cumplo con informar a la comunidad en general lo siguiente:

 

  1. En primer lugar, debemos llamar a la calma aquellos que legítimamente han manifestado su preocupación en cuanto a que la decisión tomada, por la Junta de Vigilancia del río de la Cuenca del Huasco y su Afluentes (JVRH), de no distribuir derechos de aguas de carácter eventual sobre el embalse Santa Juana a la Fundación, pueda presentar las características de ser arbitraria o

En relación con lo anterior debemos precisar que aquel acuerdo se adoptó, en razón que la Fundación no consta con aquellos derechos de aprovechamiento inscritos a su nombre en el Conservador de Bienes Raíces de Vallenar, por no haber sido incluidos expresamente en la operación de compraventa de la Hacienda Las Ventanas en conformidad a lo dispuesto en el artículo 317 del Código de Aguas que señala:

“En los actos y contratos que importen la transferencia del dominio de un bien raíz o de un establecimiento para cuya explotación se requiera utilizar derechos de aprovechamiento de aguas, deberá señalarse expresamente si incluyen o no tales derechos. Si así no se hiciere, se presumirá que el acto o contrato no los comprende”.

  1. En relación con lo anterior, debemos subrayar que aquellos derechos permanecen en propiedad del titular anterior de la Hacienda Las Ventanas, don Jaime Perelló Arias, según consta en inscripción de fojas 21, N° 21, del Registro de Propiedad de Aguas del año 2018, del Conservador de Bienes Raíces de

 

  1. En ese sentido debemos aclarar a la comunidad de la provincia del Huasco, que desde el año 2018 el dueño de los derechos de aprovechamiento eventuales en el Embalse Santa Juana, don Jaime Perelló Arias, viene advirtiendo a través de diversas presentaciones el hecho que aquellos derechos puedan estar siendo ilegalmente distribuidos a la Fundación al tenor que en la escritura de compraventa de la Hacienda Las Ventanas solo se incluyeron y se pagó el precio de los derechos de aguas de carácter permanente (coloquialmente conocidos como “derechos de río”) mas no aquellos correspondientes al Embalse Santa Juana y que justamente otorgan la facultad de embalsar aguas en el

 

  1. En virtud de lo anterior, y a instancias del propio representante de la Fundación en el Directorio de la JVRH, se realizó la correspondiente consulta a la Dirección de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas, Órgano de la Administración del Estado que administraba el Embalse y que cedió los derechos de aguas sobre aquél, el cual fue enfático en señalar, mediante Oficio DOH Atacama N° 633, de fecha 22 de octubre de 2020, que: “esta Dirección tiene certeza que el dominio, a esta fecha, no ha sido traspasado por el Sr. Perelló”.

 

  1. En ese sentido esta Organización lamenta que por una aparente negligencia del equipo legal y albacea de la Fundación no se hayan incluido estos derechos eventuales de Embalse en la operación de adquisición de la Hacienda Las Ventanas. Entendemos que la estrategia legal decidida por la Fundación ha sido activar una serie de demandas y acciones penales que aun se encuentran en tramitación cuyo destino aún es incierto y se escapan de la inspiración católica que aquella Fundación debería

 

  1. En relación con lo anterior, no debemos olvidar que la Fundación de Beneficencia en análisis se encuentra constituida por derecho canónico y es de propiedad de la Iglesia Católica. No obstante, lo anterior es un hecho público y notorio que presenta un actuar bastante corporativo y litigioso en varios de los asuntos que

 

  1. Sin perjuicio de lo anterior, y en el animo de contribuir por la interacción pacifica de sus asociados, esta Junta de Vigilancia siempre y con anterioridad a la adquisición de la Hacienda Las Ventanas le advirtió a la Fundación de la importancia que también adquiriera los derechos de aguas de embalse asociados a ella, tal como consta en nuestro memorandum (1) de fecha 2 de julio de 2016, escrito y enviado electrónicamente a la representante de la Fundación en la Hacienda Las Ventanas por el entonces y actual presidente de nuestra Organización, en el cual se indica en el punto II letra (e) lo siguiente:

e……………………… Hace algunos años atrás, la Dirección de Obras Hidráulicas le

traspaso el Embalse Santa Juana (ESJ) a los regantes y cada uno de  ellos debía suscribir sus derechos. El pago del ESJ lo hace cada regante directamente a la Tesorería General de la Republica. Deben revisar en que estado esta este tramite por parte de HLV ya que es un activo imprescindible para la explotación del predio. (Lo subrayado es nuestro)

 

  1. Haciendo caso omiso de lo anterior, posteriormente, el día 7 de julio de 2016, la Fundación notificó a la Junta de Vigilancia de la Cuenca del Río Huasco y sus Afluentes que solamente había adquirido los siguientes derechos permanentes de aguas:

 

  1. Una acción o derecho de aprovechamiento de agua que cursan por el canal Las Ventanas a don Mauricio Perelló M. según inscripción de fojas 133 nº 130 del año 2016.

 

  1. Novecientas cincuenta y nueve (959) acciones o parte alícuota o derechos de aprovechamiento del canal Ventanas según inscripción de fojas 131 nº 128 del año

 

  1. Trescientas ochenta y cuatro (384) acciones o parte alícuota o derechos de aprovechamiento del canal Perales según inscripción de fojas 132 nº 129 del año 2016.

 

  1. Producto de aquello, con fecha 26 de julio de 2016, nuevamente en un memorándum (2) escrito y enviado electrónicamente a la representante de la Fundación por el entonces y actual presidente de nuestra Organización, le reitera en el punto II letra (d) y señala textual:

 

  1. No te olvides de ver la suscripción y pago de las acciones del Embalse Santa Juana (ESJ), es un activo imprescindible para la explotación del predio. (Lo subrayado es nuestro)

 

  1. Sin perjuicio de las anteriores comunicaciones, la Fundación actualmente pretende a través de tribunales que se les entregue gratuitamente aquellos derechos de aguas de embalse alegando que no los conocía y que eran parte de la compraventa de los derechos permanentes cuando claramente tiene conocimiento que aquello no es efectivo. Con estas acciones al parecer intenta corregir dicho error en la operación de compra de la Hacienda Las Ventanas no obstante que aquello fue claramente advertido de manera previa a la celebración de la

 

  1. Los anteriores argumentos se pueden ratificar de la mera lectura del mérito de la causa caratulada “Fundación de Beneficencia Isabel Aninat Echazarreta/Perello”, Rol N° C-4075- 2020, evacuada ante el 11º Civil de

 

  1. Por todo lo anterior la presente Organización de Usuarios mantiene la firme convicción que mientras el juicio precitado no se resuelva, nos encontramos impedidos de distribuir legalmente derechos de aguas a quién nada mas tiene la mera expectativa de tener un resultado exitoso en aquella causa, y no respetar la inscripción actualmente vigente a nombre de don Jaime Perelló

 

  1. Asimismo, aclaramos terminantemente que los derechos de aguas cuya distribución no se esta realizando a la Fundación son únicamente los derechos eventuales de embalse objeto del litigio y no aquellos asociados a los permanentes o “de río Huasco” que si fueron adquiridos legítimamente por aquella en la operación de compraventa de la Hacienda Ventanas.

 

  1. Por todo lo anteriormente expuesto, llamamos respetuosamente a la Fundación a no persistir en argumentos que nada dicen relación con las componentes jurídicas que se asocian al presente conflicto empujando y desinformando a las familias y autoridades de la región sobre un presunto acto ilegal que no es

 

En ese sentido invitamos cordialmente a la Fundación Isabel Aninat Echazarreta ajustarse a los valores católicos que la deben inspirar y persistir de maniobras mediáticas, amenazar con la perdida de empleos o usar a nuestras familias del valle del Huasco como escudo moral. Esos tiempos, en los cuales una Fundación con redes políticas y con altas influencias en la curia se movían a su antojo, son parte del pasado en nuestro país.