Corte Suprema que revoca sentencia por contaminación de ENAMI

l 16 de abril de 2019 una nube tóxica que emanó desde la Fundición Hernán Videla Lira, ubicada en Paipote, de la Empresa Nacional de Minería (ENAMI), afectó a los habitantes de la comuna de Tierra Amarilla. La Sede Regional Atacama del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), presentó un recurso de protección por el episodio, el 15 de mayo de 2020, el cual fue acogido por la Corte de Apelaciones de Copiapó.

La Sede Regional Atacama del INDH, lamenta esta decisión y explica que se debió a que ENAMI presentó un Programa de Cumplimiento (PdC), en agosto de 2019, en el cual se obliga a incorporar mejoras tecnológicas y operacionales en el Sistema Meteorológico Predictivo de Episodios Críticos,reconociendo entonces que el sistema actualmente existente no permite cumplir de manera satisfactoria con la normativa ambiental que se ha estimado infringida por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente y que ha motivado los respectivos cargos en el expediente sancionatorio, tal como señala el voto de minoría.

El último fallo de la Corte Suprema, también cuestiona la “oportunidad” de las actuaciones de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) en las fiscalizaciones, las formulaciones de cargo y las sanciones. Ya que, si bien, los episodios de contaminación se han denunciado por años por los vecinos de Tierra Amarilla, solo existe una formulación de cargos por episodios de contaminación, correspondiente al año 2016 y 2019, y por el que recién este año se formularon cargos, es decir, tres años después de ocurrido el episodio.

Pese a que el fallo de la Corte fue revocado, la Sede Regional Atacama del INDH valora que la acción judicial gatilló la actuación de ENAMI y de la SMA, donde esta última formula por primera vez en la historia, cargos contra la Fundición Hernán Videla Lira.

El INDH Atacama continuará con su tarea de promoción y protección de los derechos humanos en el territorio, monitoreando el accionar del Estado y emprendiendo acciones legales cuando corresponda, ante episodios de contaminación que superen la normativa ambiental y afecten los derechos de las personas de Tierra Amarilla.