Senadores de oposición y oficialismo ya comenzaron a debatir las propuestas que el Gobierno llevará a la Comisión Mixta que tramita las Reglas de Uso de la Fuerza (RUF). Entre ellas, La Moneda definió como una “indicación prioritaria” la denominada “norma de los 21 pies”, que establece una distancia de reacción frente a una amenaza armada.
La propuesta está contenida en una minuta técnica elaborada por el Ministerio de Seguridad y establece criterios de distancia para evaluar el uso del arma de fuego por parte de policías y militares.
Según el documento, la regla —equivalente a unos 6,4 metros— “no es una licencia para disparar”, pero busca que el tiempo de reacción frente a una amenaza deje de ser un elemento determinante dentro del análisis jurídico posterior a un procedimiento.
La discusión se instala en medio de una extensa agenda legislativa en materia de seguridad. Desde que comenzaron a debatirse las RUF, más de 60 proyectos relacionados con seguridad han ingresado y salido del Congreso, mientras otra treintena de iniciativas comienza a copar el trabajo parlamentario.
Sin embargo, en el centro de esta agenda continúa estando una pregunta clave: qué pueden y qué no pueden hacer policías y militares en el ejercicio de sus funciones.
Norma de los 21 pies y las propuestas del Gobierno
La Radio dio a conocer el miércoles pasado una minuta del Ministerio de Seguridad que detalla las principales propuestas que el Ejecutivo pretende llevar a la Comisión Mixta. Esto, pese a que el ministro de Seguridad, Martín Arrau, ya participó en una sesión de la instancia sin entregar públicamente todos los detalles de las indicaciones.
Entre las medidas figura el denominado “desenfunde preventivo” del arma de servicio, autorizado en procedimientos de control de identidad y controles vehiculares. La minuta lo define como una medida de seguridad y no como una autorización automática para disparar.
A ello se suma la “norma de los 21 pies”, una regla desarrollada en 1983 por la policía de Salt Lake City, Estados Unidos, que establece una distancia aproximada de 6,4 metros como un factor táctico relevante para evaluar un eventual ataque cuando existe un arma apta para causar daño y una conducta amenazante actual.
La minuta del Ejecutivo precisa que la distancia, por sí sola, no habilita el uso del arma de fuego. Su objetivo es considerar el tiempo de reacción disponible para el funcionario frente a una amenaza y evitar que este elemento sea posteriormente omitido o subestimado en el análisis jurídico.
La iniciativa tiene además un antecedente parlamentario. El senador Alejandro Kusanovic presentó en 2022 un proyecto que recoge esta idea, denominado “Ley Sargento Gallegos”, en homenaje al funcionario fallecido ese año tras intervenir para defender a tres mujeres en Curicó.
Kusanovic sostiene que la norma busca entregar mayor certeza a los funcionarios respecto de cuándo pueden utilizar la fuerza.
“Da una seguridad a los policías para defenderse a una distancia a la cual el policía puede desenfundar. Se usa como regla para determinar si hubo o no hubo un mal uso de la fuerza”, señaló.
El proyecto también aborda el uso de fuerza potencialmente letal en casos de flagrancia y frente a órdenes de detención, además de incorporar los conceptos de “peligro latente” o “peligro inminente”.
Cautela por los alcances de la norma
La amplitud de estos conceptos ya genera reparos entre algunos integrantes de la Comisión Mixta.
El senador y jefe de bancada del PS, Juan Luis Castro, pidió cautela en la discusión y llamó a evitar que las nuevas definiciones puedan utilizarse de manera excesivamente amplia.
“Estos conceptos planteados por el Ejecutivo son un tanto amplios y confusos. Aquí hay que ser muy cauto en la manera en que esto se va a abordar en la tramitación en la Comisión Mixta, que recién está empezando a ver estos temas. Cautela y profundidad, eso es lo que corresponde para sacar una buena norma”, subrayó.
Desde otra vereda, el senador independiente con cupo del Partido Republicano y exgeneral del Ejército, Cristian Vial, defendió la propuesta del Ejecutivo y cuestionó las críticas respecto de una eventual flexibilización de las reglas.
“Son normas de sensatez, de sentido común, para proteger a un policía frente a un delincuente armado. Que a un sector de la oposición lo encuentre muy amplio en la conceptualización está en la misma línea de los que quieren debilitar la ley Naín-Retamal”, criticó.
Vial emplazó también a que “hay que elegir de qué lado de la línea estar”, cuestionando a quienes advierten que las nuevas normas podrían resultar demasiado permisivas con el actuar policial y militar.
En tanto, el senador DC Iván Flores manifestó su respaldo a la incorporación de la “norma de los 21 pies”, aunque llamó a establecer con precisión sus alcances y límites.
Flores sostuvo que los países que utilizan esta regla cuentan con experiencia respecto de sus beneficios, riesgos y restricciones, por lo que advirtió que no debe transformarse en un criterio aplicable de manera automática.
“Cuidado con los términos porque la relativización, si no está estrictamente definida, la verdad es que se puede utilizar para cualquier cosa, y una vez cometido un error no hay vuelta atrás”, advirtió el legislador.
¿Qué buscan regular las RUF?
La relevancia del debate radica en que las nuevas Reglas de Uso de la Fuerza buscan establecer en una ley un marco común para el actuar de las policías y de las Fuerzas Armadas cuando estas últimas estén habilitadas por la Constitución o la legislación para cumplir funciones de seguridad.
De acuerdo con la minuta del Gobierno, el proyecto pretende reemplazar el actual entramado de circulares, órdenes generales, protocolos y manuales por un estatuto legal común.
La iniciativa fija principios y deberes para los funcionarios, establece distintos grados de resistencia y de fuerza, regula el empleo de fuerza potencialmente letal e incorpora mecanismos de control, registro y determinación de responsabilidades.
El nuevo marco se aplicaría a Carabineros y a la Policía de Investigaciones, pero tendría especial relevancia para las Fuerzas Armadas cuando la Constitución o la ley las habiliten para intervenir en labores de seguridad.