Revés para biministro De Grange: Contraloría frena reglamento de «Ley Uber» por deficiente

La Contraloría General de la República, a través de un oficio, dio a conocer que no dio curso al reglamento de la ley de aplicaciones de transporte, conocida como “Ley Uber”, por sendas deficiencias, como falta de fundamentos técnicos y jurídicos y ausencia de consulta pública, marcando un revés para la cartera liderada por Louis de Grange.

En concreto, el órgano fiscalizador establece que el acto “elimina, modifica y disminuye exigencias técnicas aplicables a los vehículos destinados a prestar a la ciudadanía los servicios de taxi, tales como antigüedad máxima de operación, antigüedad mínima para su primera inscripción y cilindrada mínima, sin que consten los fundamentos fácticos, técnicos y jurídicos que justifiquen tales medidas, ni las razones por las cuales no se sometieron a consulta pública”.

Si bien durante el gobierno anterior el reglamento original buscaba equiparar exigencias entre vehículos de aplicaciones y los taxis, al exigir, por ejemplo, una cilindrada mínima de 1.400 cc, el texto enviado por la actual administración —a fines de abril— eliminó o rebajó las condiciones buscando “evitar efectos negativos en el empleo”.

“La versión anterior del reglamento pegaba muy negativamente en el empleo. Afectaba en un 85%. Por lo tanto, estas flexibilizaciones regulatorias que estamos impulsando de cara a mejorar la calidad del servicio por una parte y, por otra, a favorecer el empleo porque yo creo que ayuda mucho a la política del gobierno de impulsar la economía”, dijo De Grange el 27 de abril pasado.

Contraloría cuestiona fundamentos

En ese sentido, la contralora Dorothy Pérez cuestiona los fundamentos detrás de aquella determinación.

“Se incluyen modificaciones que rebajan el estándar y calidad de los servicios que la ciudadanía ya recibe, de manera que, con mayor razón, resulta menester que tal decisión se encuentre debidamente fundada en razones fácticas, técnicas y jurídicas debidamente acreditadas, que justifiquen plenamente su adopción, máxime si ello redunda directamente en el estándar mínimo exigible a otros servicios de transporte, como son aquellos realizados a través de las empresas de aplicación de transportes reguladas en la ley”, expresa el texto de Contraloría.

Al momento de presentarse el nuevo reglamento de la “Ley Uber”, el Ministerio de Transportes señaló que las modificaciones iban en directo beneficio de la “reducción de barreras de entrada, flexibilización de la operación y evitar efectos negativos en el empleo”, sin embargo, ahora Contraloría le señala a De Grange que aquello no está debidamente justificado.

Finalmente, el oficio dirigido al biministro de Transportes y Obras Públicas recuerda que tanto la ley como los dictámenes de Contraloría exigen que los actos se encuentren bien fundamentados para evitar caer en determinaciones arbitrarias o que, “eventualmente, pudieran estimarse una desviación de poder.