{"id":69492,"date":"2023-05-16T00:24:44","date_gmt":"2023-05-16T04:24:44","guid":{"rendered":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/?p=69492"},"modified":"2023-05-16T00:24:44","modified_gmt":"2023-05-16T04:24:44","slug":"subsecretario-del-trabajo-recibe-primer-informe-estadistico-sobre-situacion-en-el-empleo-de-trabajadores-de-plataformas-digitales-de-servicios-regulados-por-la-ley-21-431","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/?p=69492","title":{"rendered":"Subsecretario del Trabajo recibe primer informe estad\u00edstico sobre situaci\u00f3n en el empleo de trabajadores de plataformas digitales de servicios regulados por la Ley 21.431"},"content":{"rendered":"<p>La Unidad de Estudios y el Departamento de Intermediaci\u00f3n y Prospecci\u00f3n Laboral entregaron un in\u00e9dito informe sobre la situaci\u00f3n en el empleo de trabajadores\/as de plataformas digitales de servicios, regulados por la ley 21.431, al subsecretario del Trabajo, Giorgio Boccardo.<\/p>\n<p>A partir de un diccionario construido por el Instituto Nacional de Estad\u00edsticas en colaboraci\u00f3n con la Subsecretar\u00eda del Trabajo se hace un zoom a la situaci\u00f3n de trabajadores\/as regulados por la Ley 21.431.\u00a0 Es decir, de trabajadores\/as que realizan sus funciones a trav\u00e9s de empresas que administran o gestionan un sistema inform\u00e1tico o de tecnolog\u00eda ejecutable en aplicaciones de dispositivos m\u00f3viles o fijos que permite que un trabajador de plataformas digitales ejecute servicios, para los usuarios de dicho sistema inform\u00e1tico o tecnol\u00f3gico, en un territorio geogr\u00e1fico espec\u00edfico, tales como el retiro, distribuci\u00f3n y\/o reparto de bienes o mercader\u00edas, el transporte menor de pasajeros u otros. Por tanto, no se consideran las personas que en sus labores utilizan aplicaciones como Market Place de Facebook, WhatsApp o Instagram.<\/p>\n<p>El informe pone especial atenci\u00f3n a la medici\u00f3n del cambio en los niveles de formalidad, el tipo de servicio que se prestan y las caracter\u00edsticas demogr\u00e1ficas de las y los trabajadores. De esta forma, el documento se publicar\u00e1 peri\u00f3dicamente y busca constituirse en un monitoreo permanente de algunos de los aspectos de la Ley N\u00b0 21.431, que modific\u00f3 el C\u00f3digo del Trabajo para regular el contrato de trabajadores de empresas de plataformas digitales de servicios. Esta normativa fue publicada el 11 de marzo de 2022 y entr\u00f3 en vigor en septiembre del mismo a\u00f1o, teniendo entre sus principales objetivos la formalizaci\u00f3n del trabajo de repartidores, conductores y otros perfiles ocupacionales que trabajan para las empresas de plataformas. Como tambi\u00e9n, el darles acceso a diferentes sistemas de protecci\u00f3n social que contiene la legislaci\u00f3n chilena (derechos previsionales, salud, accidentes laborales y enfermedades profesionales, y la Ley SANNA), as\u00ed como a elementos de protecci\u00f3n personal, un seguro de da\u00f1os a bienes personales, entre otras medidas.<\/p>\n<p>El jefe del Departamento de Intermediaci\u00f3n y Prospecci\u00f3n Laboral, de la Divisi\u00f3n de Pol\u00edticas de Empleo de la Subsecretar\u00eda del Trabajo, Nicol\u00e1s Ratto, se\u00f1al\u00f3 que el estudio se realiz\u00f3 con una submuestra de los datos obtenidos de la Encuesta Nacional de Empleo (ENE) del Instituto Nacional de Estad\u00edsticas (INE). En este sentido, detall\u00f3 que \u201cdurante el a\u00f1o 2022 el n\u00famero de trabajadores de plataformas digitales regulados por la Ley 21.431 se ha mantenido estable en torno a las 45.000 personas\u201d.<\/p>\n<p>\u201cAs\u00ed mismo -continu\u00f3-, se observa una progresiva reducci\u00f3n de la informalidad laboral durante 2022, desde un 90,7% hasta un 76,8% a inicios de 2023. Sin embargo, la cifra debe preocuparnos, dado que pr\u00e1cticamente triplica la tasa de ocupaci\u00f3n informal a nivel nacional, evidenciando que una parte considerable de las empresas no est\u00e1 respetando la nueva normativa\u201d. Tambi\u00e9n, advierte que \u201clas cifras corresponden a las personas ocupadas que declaran que su primera ocupaci\u00f3n la realizan a trav\u00e9s de alguna de las aplicaciones consideradas, por lo que quedan fuera de este an\u00e1lisis las personas que trabajan en plataformas en sus tiempos libres, como complemento a otras labores\u201d.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, en el informe, se destacan las siguientes caracter\u00edsticas laborales y demogr\u00e1ficas de las y los trabajadores:<\/p>\n<p>\u2013 La mayor parte se desempe\u00f1a como conductores (62,5%), mientras que un 28,7% trabaja como repartidor (a\u00f1o 2022).<\/p>\n<p>\u2013 Este rubro es altamente masculinizado, pues solo un 11,0% son trabajadoras (a\u00f1o 2022).<\/p>\n<p>\u2013 As\u00ed mismo, da cuenta que alrededor de un 41,7% de los trabajadores son personas extranjeras (a\u00f1o 2022).<\/p>\n<p>\u2013 M\u00e1s de un 70% de las y los trabajadores tienen menos de 40 a\u00f1os y, en 2022, el 35,0% tiene menos de 30.<\/p>\n<p>\u2013 Por \u00faltimo, el 31,2% de los trabajadores de este rubro tiene estudios superiores completos (a\u00f1o 2022).<\/p>\n<p>En tanto, el subsecretario del Trabajo, Giorgio Boccardo, tras recibir el documento, coment\u00f3 que \u201ceste primer informe servir\u00e1 de insumo para la evaluaci\u00f3n anual que el Consejo Superior Laboral debe emitir en septiembre por mandato de la misma Ley N\u00b0 21.431. Entonces, se evaluar\u00e1 la implementaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de la ley y sus resultados. Para esto, nuestra Unidad de Estudios se encuentra elaborando nuevos an\u00e1lisis y dialogando con diferentes actores del sector\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Unidad de Estudios y el Departamento de Intermediaci\u00f3n y Prospecci\u00f3n Laboral entregaron un in\u00e9dito informe sobre la situaci\u00f3n en el empleo de trabajadores\/as de&hellip; <\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[7],"tags":[],"class_list":["post-69492","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-atacama"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/69492","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=69492"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/69492\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":69494,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/69492\/revisions\/69494"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=69492"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=69492"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=69492"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}