{"id":54040,"date":"2022-05-07T06:01:52","date_gmt":"2022-05-07T10:01:52","guid":{"rendered":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/?p=54040"},"modified":"2022-05-06T19:53:37","modified_gmt":"2022-05-06T23:53:37","slug":"primer-tribunal-ambiental-acoge-reclamacion-de-interchile-por-aplicacion-de-multa-pero-dicta-nuevas-medidas-cautelares","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/?p=54040","title":{"rendered":"Primer Tribunal Ambiental acoge reclamaci\u00f3n de Interchile por aplicaci\u00f3n de multa, pero dicta nuevas medidas cautelares"},"content":{"rendered":"<ul>\n<li><strong>La decisi\u00f3n de la sala del tribunal, se da en el marco de dos reclamaciones de la empresa contra la SMA y que tienen que ver con las medidas urgentes y transitorias solicitadas por el organismo y por la multa de 1.500 millones de pesos que tambi\u00e9n se impuso por incumplimientos ambientales.<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Primer Tribunal Ambiental determin\u00f3, hoy, dictar cuatro medidas cautelares en contra de la empresa Interchile debido a los ruidos provocados por la l\u00ednea el\u00e9ctrica Cardones-Polpaico en el sector Altovalsol y en paralelo fall\u00f3 a favor de la empresa al establecer que la categorizaci\u00f3n de los cargos levantados por la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) estuvo equivocada.<\/p>\n<p>La decisi\u00f3n de la sala del tribunal, se da en el marco de dos reclamaciones de la empresa contra la SMA y que tienen que ver con las medidas urgentes y transitorias solicitadas por el organismo y por la multa que tambi\u00e9n se impuso por incumplimientos ambientales.<\/p>\n<p>Los ministros Mauricio Oviedo, Cristi\u00e1n L\u00f3pez y Eric Sep\u00falveda, determinaron por una parte distintas medidas que tienen relaci\u00f3n con evitar el ruido que la l\u00ednea de transmisi\u00f3n el\u00e9ctrica provoca por el denominado \u201cefecto corona\u201d y por otra, que el organismo fiscalizador pueda recalificar los cargos impuestos a la empresa y con ello revisar la cuant\u00eda de las multas, \u201clas que deber\u00e1n ser proporcionales a la magnitud de las mismas\u201d, dice el fallo.<\/p>\n<p>Entre los fundamentos principales del tribunal para acoger la reclamaci\u00f3n est\u00e1 que se estableci\u00f3 que la categorizaci\u00f3n de grave de los dos cargos levantados por el organismo fiscalizador no corresponde.<\/p>\n<p>Respecto a las cautelares, el ministro Mauricio Oviedo , a cargo de la redacci\u00f3n del fallo, explic\u00f3 que tienen relaci\u00f3n a la mantenci\u00f3n trimestral de toda la l\u00ednea el\u00e9ctrica Cardones-Polpaico que deber\u00e1 incluir el lavado del cable conductor; monitoreos trimestrales de ruido en horario diurno y nocturno receptores identificados; la revisi\u00f3n de la Resoluci\u00f3n de Calificaci\u00f3n Ambiental (RCA) para que el Servicio de Evaluaci\u00f3n Ambiental (SEA) revise la variable ambiental ruido y el efecto corona del proyecto; y por \u00faltimo, una cuarta medida tiene relaci\u00f3n con que las anteriores se deben sumar al Plan de Acci\u00f3n presentado por la empresa ante el tribunal.<\/p>\n<p><strong><em>Causa<\/em><\/strong><\/p>\n<p>Interchile reclam\u00f3 ante el Primer Tribunal Ambiental por la multa aplicada por la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) por 2.400 UTA (1.500 millones de pesos) debido a ruidos provocados por el llamado \u201cefecto corona\u201d y por las medidas urgentes y transitorias dictadas por el organismo en relaci\u00f3n a su proyecto de l\u00ednea de transmisi\u00f3n el\u00e9ctrica \u201cCardones-Polpaico\u201d.<\/p>\n<p>El tribunal determin\u00f3 que, en este caso, el efecto corona requiere de dos presupuestos para su generaci\u00f3n: la energizaci\u00f3n de la l\u00ednea el\u00e9ctrica Cardones-Polpaico y la ocurrencia de ciertas condiciones clim\u00e1ticas o meteorol\u00f3gicas que, adem\u00e1s, lo intensifican.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n, se establecieron seis controversias que tienen relaci\u00f3n con la prescripci\u00f3n de las infracciones, el causal de gravedad de las infracciones imputadas, la proporcionalidad de la sanci\u00f3n, la procedencia y motivaci\u00f3n de las medidas urgentes y transitorias, entre otras.<\/p>\n<p>Entre los fundamentos entregados por la empresa para solicitar el levantamiento de las medidas urgentes y transitorias est\u00e1 que \u201cel ruido asociado al efecto corona de la l\u00ednea de transmisi\u00f3n es de una periodicidad ocasional y de incierta predictibilidad ya que ocurre bajo determinadas condiciones atmosf\u00e9ricas\u201d, y agregan que \u201cla problem\u00e1tica est\u00e1 acotada a un tramo puntual que es el sector de Altovalsol, sin embargo, las medidas se dispusieron para los 753 kil\u00f3metros que contempla el proyecto\u201d.<\/p>\n<p>No obstante, para la SMA el riesgo generado por la l\u00ednea de transmisi\u00f3n el\u00e9ctrica para el medioambiente es \u201cevidente y permanente\u201d en la medida que se verifiquen las condiciones ambientales que favorecen la aparici\u00f3n de ruido audible por el efecto corona.<\/p>\n<p>La sanci\u00f3n de la SMA se da en el marco de la fiscalizaci\u00f3n por 27 denuncias recibidas entre el 23 y 24 de mayo de 2018 por ruidos generados por la l\u00ednea de transmisi\u00f3n el\u00e9ctrica en el sector de Altovalsol de La Serena. Luego, se agregaron 13 denuncias y reiteraciones de denuncia.<\/p>\n<p><strong><em>Cargos imputados por la SMA<\/em><\/strong><\/p>\n<p>El primer cargo, referido a incumplimientos de los compromisos de monitoreo asumidos en materia de ruidos y que fue calificado como grave por la SMA \u201cno corresponde porque para el tribunal los monitoreos no son medidas que tengan como fin eliminar o minimizar los efectos adversos del proyecto o actividad\u201d, argumenta la sentencia.<\/p>\n<p>Asimismo, el segundo de los cargos, que dice relaci\u00f3n con la superaci\u00f3n de los niveles m\u00e1ximos permisibles de presi\u00f3n sonora en zonas rurales, la magistratura asegur\u00f3 que \u201cno se puede concluir que el efecto corona es continuo, ni permanente en el tiempo, por lo que no hay una permanente exposici\u00f3n al ruido\u201d.<\/p>\n<p><strong><em>Proyecto<\/em><\/strong><\/p>\n<p>El Proyecto LTE Cardones-Polpaico ingres\u00f3 al Servicio de Evaluaci\u00f3n Ambiental mediante un Estudio de Impacto Ambiental, EIA, y fue calificado favorablemente el 10 de diciembre de 2015.<\/p>\n<p>El proyecto contempla una l\u00ednea de transmisi\u00f3n el\u00e9ctrica (LTE) de alto voltaje en doble circuito y las subestaciones que permiten modificar el nivel de tensi\u00f3n necesario para su interconexi\u00f3n al Sistema Interconectado Central.<\/p>\n<p>La l\u00ednea se ubicar\u00eda entre la subestaci\u00f3n Cardones, en las cercan\u00edas de Copiap\u00f3 y la subestaci\u00f3n Polpaico. Mide aproximadamente 753 kil\u00f3metros y se subdivide en tres secciones, tramos o lotes.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La decisi\u00f3n de la sala del tribunal, se da en el marco de dos reclamaciones de la empresa contra la SMA y que tienen que&hellip; <\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":54041,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[7],"tags":[],"class_list":["post-54040","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-atacama"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/54040","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=54040"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/54040\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":54042,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/54040\/revisions\/54042"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/54041"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=54040"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=54040"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=54040"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}