{"id":32028,"date":"2020-11-12T07:41:41","date_gmt":"2020-11-12T10:41:41","guid":{"rendered":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/?p=32028"},"modified":"2020-11-12T07:45:44","modified_gmt":"2020-11-12T10:45:44","slug":"junta-de-vigilancia-de-la-cuenca-del-rio-huasco-y-su-afluentes-informa","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/?p=32028","title":{"rendered":"Declaraci\u00f3n Publica Junta de Vigilancia de la Cuenca del r\u00edo Huasco y su Afluentes"},"content":{"rendered":"<p>A ra\u00edz de la serie de maniobras de car\u00e1cter medi\u00e1tico y a trav\u00e9s de redes sociales que ha ejecutado la Fundaci\u00f3n Isabel Aninat Echazarreta (\u201cLa Fundaci\u00f3n\u201d), propietaria actual del inmueble denominado \u201cHacienda Las Ventanas\u201d, ubicado en la provincia de Huasco, regi\u00f3n de Atacama, con respecto a actos legales de distribuci\u00f3n de las aguas sometidas a la jurisdicci\u00f3n de la Organizaci\u00f3n de Usuarios que el suscrito representa, cumplo con informar a la comunidad en general lo siguiente:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>En primer lugar, debemos llamar a la calma aquellos que leg\u00edtimamente han manifestado su preocupaci\u00f3n en cuanto a que la decisi\u00f3n tomada, por la Junta de Vigilancia del r\u00edo de la Cuenca del Huasco y su Afluentes (JVRH), de no distribuir derechos de aguas de car\u00e1cter eventual sobre el embalse Santa Juana a la Fundaci\u00f3n, pueda presentar las caracter\u00edsticas de ser arbitraria o<\/li>\n<\/ol>\n<p>En relaci\u00f3n con lo anterior debemos precisar que aquel acuerdo se adopt\u00f3, en raz\u00f3n que la Fundaci\u00f3n no consta con aquellos derechos de aprovechamiento inscritos a su nombre en el Conservador de Bienes Ra\u00edces de Vallenar, por no haber sido incluidos expresamente en la operaci\u00f3n de compraventa de la Hacienda Las Ventanas en conformidad a lo dispuesto en el art\u00edculo 317 del C\u00f3digo de Aguas que se\u00f1ala:<\/p>\n<p><em>\u201cEn los actos y contratos que importen la transferencia del dominio de un bien ra\u00edz o de un establecimiento para cuya explotaci\u00f3n se requiera utilizar derechos de aprovechamiento de aguas, deber\u00e1 se\u00f1alarse expresamente si incluyen o no tales derechos. Si as\u00ed no se hiciere, se presumir\u00e1 que el acto o contrato no los comprende\u201d.<\/em><\/p>\n<ol>\n<li>En relaci\u00f3n con lo anterior, debemos subrayar que aquellos derechos permanecen en propiedad del titular anterior de la Hacienda Las Ventanas, don Jaime Perell\u00f3 Arias, seg\u00fan consta en inscripci\u00f3n de fojas 21, N\u00b0 21, del Registro de Propiedad de Aguas del a\u00f1o 2018, del Conservador de Bienes Ra\u00edces de<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>En ese sentido debemos aclarar a la comunidad de la provincia del Huasco, que desde el a\u00f1o 2018 el due\u00f1o de los derechos de aprovechamiento eventuales en el Embalse Santa Juana, don Jaime Perell\u00f3 Arias, viene advirtiendo a trav\u00e9s de diversas presentaciones el hecho que aquellos derechos puedan estar siendo ilegalmente distribuidos a la Fundaci\u00f3n al tenor que en la escritura de compraventa de la Hacienda Las Ventanas solo se incluyeron y se pag\u00f3 el precio de los derechos de aguas de car\u00e1cter permanente (coloquialmente conocidos como \u201cderechos de r\u00edo\u201d) mas no aquellos correspondientes al Embalse Santa Juana y que justamente otorgan la facultad de embalsar aguas en el<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>En virtud de lo anterior, y a instancias del propio representante de la Fundaci\u00f3n en el Directorio de la JVRH, se realiz\u00f3 la correspondiente consulta a la Direcci\u00f3n de Obras Hidr\u00e1ulicas del Ministerio de Obras P\u00fablicas, \u00d3rgano de la Administraci\u00f3n del Estado que administraba el Embalse y que cedi\u00f3 los derechos de aguas sobre aqu\u00e9l, el cual fue enf\u00e1tico en se\u00f1alar, mediante Oficio DOH Atacama N\u00b0 633, de fecha 22 de octubre de 2020, que: \u201c<strong><em>esta Direcci\u00f3n tiene certeza que el dominio, a esta fecha, no ha sido traspasado por el Sr. Perell\u00f3\u201d.<\/em><\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong><em>\u00a0<\/em><\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>En ese sentido esta Organizaci\u00f3n lamenta que por una aparente negligencia del equipo legal y albacea de la Fundaci\u00f3n no se hayan incluido estos derechos eventuales de Embalse en la operaci\u00f3n de adquisici\u00f3n de la Hacienda Las Ventanas. Entendemos que la estrategia legal decidida por la Fundaci\u00f3n ha sido activar una serie de demandas y acciones penales que aun se encuentran en tramitaci\u00f3n cuyo destino a\u00fan es incierto y se escapan de la inspiraci\u00f3n cat\u00f3lica que aquella Fundaci\u00f3n deber\u00eda<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>En relaci\u00f3n con lo anterior, no debemos olvidar que la Fundaci\u00f3n de Beneficencia en an\u00e1lisis se encuentra constituida por derecho can\u00f3nico y es de propiedad de la Iglesia Cat\u00f3lica. No obstante, lo anterior es un hecho p\u00fablico y notorio que presenta un actuar bastante corporativo y litigioso en varios de los asuntos que<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Sin perjuicio de lo anterior, y en el animo de contribuir por la interacci\u00f3n pacifica de sus asociados, esta Junta de Vigilancia siempre y con anterioridad a la adquisici\u00f3n de la Hacienda Las Ventanas le advirti\u00f3 a la Fundaci\u00f3n de la importancia que tambi\u00e9n adquiriera los derechos de aguas de embalse asociados a ella, tal como consta en nuestro memorandum (1) de fecha 2 de julio de 2016, escrito y enviado electr\u00f3nicamente a la representante de la Fundaci\u00f3n en la Hacienda Las Ventanas por el entonces y actual presidente de nuestra Organizaci\u00f3n, en el cual se indica en el punto II letra (e) lo siguiente:<\/li>\n<\/ol>\n<p><em>e&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230; Hace algunos a\u00f1os atr\u00e1s, la Direcci\u00f3n de Obras Hidr\u00e1ulicas le<\/em><\/p>\n<p><em>traspaso el Embalse Santa Juana (ESJ) a los regantes y cada uno de\u00a0 ellos deb\u00eda suscribir sus derechos. El pago del ESJ lo hace cada regante directamente a la Tesorer\u00eda General de la Republica. Deben revisar en que estado esta este tramite por parte de HLV <strong><u>ya que es un activo imprescindible para la<\/u> <u>explotaci\u00f3n del predio<\/u><\/strong>. <\/em>(Lo subrayado es nuestro)<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Haciendo caso omiso de lo anterior, posteriormente, el d\u00eda 7 de julio de 2016, la Fundaci\u00f3n notific\u00f3 a la Junta de Vigilancia de la Cuenca del R\u00edo Huasco y sus Afluentes que solamente hab\u00eda adquirido los siguientes derechos permanentes de aguas:<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"2016\">\n<li>Una acci\u00f3n o derecho de aprovechamiento de agua que cursan por el canal Las Ventanas a don Mauricio Perell\u00f3 M. seg\u00fan inscripci\u00f3n de fojas 133 n\u00ba 130 del a\u00f1o 2016.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"2016\">\n<li>Novecientas cincuenta y nueve (959) acciones o parte al\u00edcuota o derechos de aprovechamiento del canal Ventanas seg\u00fan inscripci\u00f3n de fojas 131 n\u00ba 128 del a\u00f1o<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"2016\">\n<li>Trescientas ochenta y cuatro (384) acciones o parte al\u00edcuota o derechos de aprovechamiento del canal Perales seg\u00fan inscripci\u00f3n de fojas 132 n\u00ba 129 del a\u00f1o 2016.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Producto de aquello, con fecha 26 de julio de 2016, nuevamente en un memor\u00e1ndum (2) escrito y enviado electr\u00f3nicamente a la representante de la Fundaci\u00f3n por el entonces y actual presidente de nuestra Organizaci\u00f3n, le reitera en el punto II letra (d) y se\u00f1ala textual:<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><em> No te olvides de ver la suscripci\u00f3n y pago de las acciones del Embalse Santa Juana (ESJ), <strong><u>es un activo imprescindible para la explotaci\u00f3n del predio<\/u><\/strong>. <\/em>(Lo subrayado es nuestro)<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Sin perjuicio de las anteriores comunicaciones, la Fundaci\u00f3n actualmente pretende a trav\u00e9s de tribunales que se les entregue gratuitamente aquellos derechos de aguas de embalse alegando que no los conoc\u00eda y que eran parte de la compraventa de los derechos permanentes cuando claramente tiene conocimiento que aquello no es efectivo. Con estas acciones al parecer intenta corregir dicho error en la operaci\u00f3n de compra de la Hacienda Las Ventanas no obstante que aquello fue claramente advertido de manera previa a la celebraci\u00f3n de la<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Los anteriores argumentos se pueden ratificar de la mera lectura del m\u00e9rito de la causa caratulada \u201cFundaci\u00f3n de Beneficencia Isabel Aninat Echazarreta\/Perello\u201d, Rol N\u00b0 C-4075- 2020, evacuada ante el 11\u00ba Civil de<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Por todo lo anterior la presente Organizaci\u00f3n de Usuarios mantiene la firme convicci\u00f3n que mientras el juicio precitado no se resuelva, nos encontramos impedidos de distribuir legalmente derechos de aguas a qui\u00e9n nada mas tiene la mera expectativa de tener un resultado exitoso en aquella causa, y no respetar la inscripci\u00f3n actualmente vigente a nombre de don Jaime Perell\u00f3<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Asimismo, aclaramos terminantemente que los derechos de aguas cuya distribuci\u00f3n no se esta realizando a la Fundaci\u00f3n son \u00fanicamente los derechos eventuales de embalse objeto del litigio y no aquellos asociados a los permanentes o \u201cde r\u00edo Huasco\u201d que si fueron adquiridos leg\u00edtimamente por aquella en la operaci\u00f3n de compraventa de la Hacienda Ventanas.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Por todo lo anteriormente expuesto, llamamos respetuosamente a la Fundaci\u00f3n a no persistir en argumentos que nada dicen relaci\u00f3n con las componentes jur\u00eddicas que se asocian al presente conflicto empujando y desinformando a las familias y autoridades de la regi\u00f3n sobre un presunto acto ilegal que no es<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En ese sentido invitamos cordialmente a la Fundaci\u00f3n Isabel Aninat Echazarreta ajustarse a los valores cat\u00f3licos que la deben inspirar y persistir de maniobras medi\u00e1ticas, amenazar con la perdida de empleos o usar a nuestras familias del valle del Huasco como escudo moral. Esos tiempos, en los cuales una Fundaci\u00f3n con redes pol\u00edticas y con altas influencias en la curia se mov\u00edan a su antojo, son parte del pasado en nuestro pa\u00eds.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>A ra\u00edz de la serie de maniobras de car\u00e1cter medi\u00e1tico y a trav\u00e9s de redes sociales que ha ejecutado la Fundaci\u00f3n Isabel Aninat Echazarreta (\u201cLa&hellip; <\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":32030,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[7],"tags":[],"class_list":["post-32028","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-atacama"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/32028","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=32028"}],"version-history":[{"count":4,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/32028\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":32035,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/32028\/revisions\/32035"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/32030"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=32028"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=32028"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=32028"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}