{"id":19388,"date":"2019-12-27T00:00:00","date_gmt":"2019-12-27T03:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/?p=19388"},"modified":"2019-12-26T23:32:31","modified_gmt":"2019-12-27T02:32:31","slug":"primer-tribunal-ambiental-acoge-reclamacion-de-comunidades-atacamenas-por-sqm-salar","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/?p=19388","title":{"rendered":"Primer tribunal ambiental acoge reclamaci\u00f3n de comunidades atacame\u00f1as por SQM Salar"},"content":{"rendered":"\n<figure class=\"wp-block-image size-large\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"750\" height=\"400\" src=\"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/wp-content\/uploads\/2019\/12\/img.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-19389\" srcset=\"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/wp-content\/uploads\/2019\/12\/img.jpg 750w, https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/wp-content\/uploads\/2019\/12\/img-300x160.jpg 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 750px) 100vw, 750px\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p><strong><em>Las comunidades ind\u00edgenas logran revertir aprobaci\u00f3n de Programa de Cumplimiento del Proyecto \u201cCambios y mejoras de la operaci\u00f3n minera en el Salar de Atacama\u201d.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong><em>\u201cLa incertidumbre conlleva la necesidad de cautelar los ecosistemas sensibles m\u00e1s a\u00fan cuando \u00e9stos constituyen el habitat ancestral de nuestros pueblos originarios y que el propio Estado de Chile se ha obligado a proteger\u201d, asegur\u00f3 el ministro presidente y redactor de la sentencia Mauricio Oviedo.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong><em>El fallo se fundamenta en la especial condici\u00f3n de fragilidad que presenta actualmente el Salar de Atacama, desde un punto de vista ecosist\u00e9mico y el elevado nivel de incerteza cient\u00edfica existente respecto de su comportamiento hidrodin\u00e1mico.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El Primer Tribunal Ambiental en un fallo un\u00e1nime acogi\u00f3 la reclamaci\u00f3n de las comunidades ind\u00edgenas atacame\u00f1as de la comuna de San Pedro de Atacama por la aprobaci\u00f3n del Plan de Cumplimiento, PdC, que present\u00f3 la empresa SQM Salar a la Superintendencia de Medio Ambiente, SMA para la extracci\u00f3n de litio en el salar.<\/p>\n\n\n\n<p>La sentencia deja sin efecto la resoluci\u00f3n del organismo fiscalizador que aprobaba el PdC presentado por la empresa en el marco del proceso sancionatorio que llev\u00f3 a cabo el organismo y que concluy\u00f3 con seis cargos, algunos de ellos leves, otros graves y uno de car\u00e1cter grav\u00edsimo.<\/p>\n\n\n\n<p>El Tribunal Ambiental, con sede en Antofagasta, tuvo en consideraci\u00f3n para el rechazo, entre otras circunstancias, la especial condici\u00f3n de fragilidad que presenta actualmente el Salar de Atacama desde un punto de vista ecosist\u00e9mico y el elevado nivel de incerteza cient\u00edfica existente respecto de su comportamiento hidrodin\u00e1mico. A lo anterior se suma el estatus de protecci\u00f3n jur\u00eddica del territorio en donde se emplaza el proyecto ya que este se emplaza dentro del Area de Desarrollo Ind\u00edgena Atacama La Grande, dentro de la cual habitan desde tiempos inmemoriales las comunidades del pueblo licanantay.<\/p>\n\n\n\n<p>El ministro presidente y redactor del fallo, Mauricio Oviedo, explic\u00f3 que \u201cla decisi\u00f3n adoptada por el tribunal se tom\u00f3 en funci\u00f3n del principio precautorio en materia ambiental ya que en el proceso no ha quedado acreditado por la empresa que las acciones y metas adoptadas sean capaces de&nbsp;&nbsp;contener y reducir o eliminar los efectos negativos&nbsp;generados por el incumplimiento de la empresa en torno a tres de los seis cargos levantados por la SMA\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>La sentencia deja en claro que los incumplimientos incurridos por la empresa se relacionan con materias de alta complejidad t\u00e9cnica y se vinculan con el seguimiento de variables ambientales, hidrogeol\u00f3gicas y bi\u00f3ticas en ecosistemas sensibles, lo que necesariamente implica una mirada ecosist\u00e9mica integral y de largo an\u00e1lisis a las distintas problem\u00e1ticas ambientales del Salar de Atacama.<\/p>\n\n\n\n<p>Ahora la SMA deber\u00e1 retomar el proceso administrativo sancionatorio en contra la empresa, la cual no solo tiene la obligaci\u00f3n de volver al cumplimiento ambiental, sino que conjuntamente con ello, debe hacerse cargo adecuadamente de los efectos negativos provocados por las infracciones cometidas.<\/p>\n\n\n\n<p>En caso que la SMA decida sancionar finalmente a SQM por las infracciones graves o grav\u00edsimas, se podr\u00edan aplicar multas que van por sobre las 5.000 UTA, la clausura de sus operaciones o incluso la revocaci\u00f3n de su permiso ambiental.<\/p>\n\n\n\n<p>En el fallo el Tribunal establece que hay una alta incerteza cient\u00edfica en relaci\u00f3n con el comportamiento din\u00e1mico de los sistemas h\u00eddricos presentes en el Salar de Atacama.<\/p>\n\n\n\n<p>A juicio del Tribunal es \u201cclara y manifiesta la necesidad de dilucidar de manera definitiva la incerteza que recae sobre los alcances y consideraciones de los modelos hidrogeol\u00f3gicos\u201d por lo que el Ministro Presidente explica que la v\u00eda m\u00e1s id\u00f3nea es la evaluaci\u00f3n ambiental de un nuevo modelo hidrogeol\u00f3gico que sea validado por los organismos ambientales correspondientes. \u201cLa evaluaci\u00f3n de impacto ambiental genera informaci\u00f3n esencial y sensible para la toma de decisiones, y constituye el pilar fundamental sobre el cual descansa el conjunto de medidas de mitigaci\u00f3n y el plan de seguimiento ambiental del proyecto\u201d, acota el Ministro.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, Oviedo asegura que \u201cno se le est\u00e1 exigiendo al infractor un est\u00e1ndar imposible de lograr, sino que solo una explicaci\u00f3n fundada en estudios t\u00e9cnicos que permitan adquirir la convicci\u00f3n de aquello que plantea, esto es, que no existen efectos medioambientales de car\u00e1cter negativo resultantes del incumplimiento\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cLa SMA tiene la obligaci\u00f3n de asegurar que la propuesta de la empresa cumpla con los requisitos de integridad, eficicacia y verificabilidad de manera que si estos no se verifican, debe rechazar el PdC y por consiguiente reiniciar el procedimiento sancionatorio\u201d, refut\u00f3 el ministro presidente.<\/p>\n\n\n\n<p>Se debe tomar en cuenta que los programas de cumplimiento han sido concebidos con una l\u00f3gica de protecci\u00f3n del medio ambiente que obliga a las empresas a retornar al cumplimiento normativo.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cPara este tribunal la informaci\u00f3n presentada por la empresa no resulta suficiente, dado que si no se conocen bien los efectos de la sobreextracci\u00f3n de agua y salmuera, cuya acci\u00f3n implica un desbalance del sistema, no podr\u00eda entonces, conocerse la proporci\u00f3n del potencial efecto negativo que generan las sobreextracciones que se le imputan a la empresa \u201c, acot\u00f3 el ministro Mauricio Oviedo.<\/p>\n\n\n\n<p>Otro de lo antecedentes establecidos por el Tribunal es que \u201clos resultados de los informes presentados por la empresa no est\u00e1n exentos de incertidumbre ya que no han sido validados por la autoridad sectorial (DGA) y se basan solo en supuestos, no detall\u00e1ndose en sus conclusiones los niveles de confianza de los resultados presentados\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Para el Tribunal fue fundamental establecer que SQM cont\u00f3 con los datos y la informaci\u00f3n suficiente, previo al inicio del procedimiento sancionatorio, los cuales le permit\u00edan comprender las debilidades de su modelo y la din\u00e1mica de desborde de uno de los objetos de protecci\u00f3n, por lo que pudo haber previsto la situaci\u00f3n y haber planteado modificaciones al proyecto en instancias previas, lo cual no se hizo, y se aprovech\u00f3 el contexto del procedimiento administrativo sancionatorio para proponer el ingreso SEIA.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-center\"><strong>Reclamaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La reclamaci\u00f3n fue presentada por comunidades ind\u00edgenas atacame\u00f1as de Peine, Camar y la Asociaci\u00f3n Indigena Consejo de Pueblos Atacame\u00f1os en contra de la Resoluci\u00f3n N\u00ba24 F-41-2016 de la Superintendencia de Medio Ambiente que aprob\u00f3 el Plan de Cumplimiento (PdC) que present\u00f3 la empresa SQM Salar en el proceso sancionatorio que se abri\u00f3 en su contra por seis cargos formulados, luego de la fiscalizaci\u00f3n realizada por la Superintendencia del Medio Ambiente, Conaf, Servicio Agr\u00edcola y Ganadero y Sernageomin.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-center\"><strong>Salar de Atacama<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El Salar de Atacama se encuentra ubicado dentro de los l\u00edmites del \u00c1rea de Desarrollo Ind\u00edgena, ADI, Atacama La Grande, la cual constituye un territorio habitado ancestralmente por comunidades ind\u00edgenas de la etnia atacame\u00f1a que, hist\u00f3ricamente han ocupado y poseen tierras comunitarias y patrimoniales, tales como pampas, pastizales, cerros, vegas y bofedales. La estrecha vinculaci\u00f3n de las comunidades atacame\u00f1as con el medio ambiente est\u00e1 dada por actividades agropecuarias, el aprovechamiento racional del recurso h\u00eddrico, las actividades de pastoreo en zonas de vegas y bofedales y, en general, por el uso del territorio.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-center\"><strong>Proyecto<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El proyecto se encuentra ubicado a 60 kil\u00f3metros al sur poniente de Toconao, a 38 km. al poniente de Peine y a 100 km. al sur poniente de San Pedro de Atacama en la Regi\u00f3n de Antofagasta.<\/p>\n\n\n\n<p>Consiste en la producci\u00f3n de cloruro de potasio, sulfato de potasio, \u00e1cido b\u00f3rico y salmuera rica en litio en las instalaciones que SQM posee en el Salar de Atacama. Contempla aumentar la extracci\u00f3n de salmuera, incrementar la extracci\u00f3n de agua dulce en el borde del salur y aumentar el \u00e1rea de evaporaci\u00f3n solar y acopio de sales de descarte en el n\u00facleo.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Las comunidades ind\u00edgenas logran revertir aprobaci\u00f3n de Programa de Cumplimiento del Proyecto \u201cCambios y mejoras de la operaci\u00f3n minera en el Salar de Atacama\u201d. \u201cLa&hellip; <\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":19389,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[7,34],"tags":[],"class_list":["post-19388","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-atacama","category-mineria"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/19388","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=19388"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/19388\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/19389"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=19388"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=19388"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=19388"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}