{"id":19352,"date":"2019-12-24T10:28:10","date_gmt":"2019-12-24T13:28:10","guid":{"rendered":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/?p=19352"},"modified":"2019-12-24T10:28:12","modified_gmt":"2019-12-24T13:28:12","slug":"seremi-del-trabajo-hace-llamado-a-respetar-feriados-irrenunciables-de-navidad-y-ano-nuevo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/?p=19352","title":{"rendered":"Seremi del Trabajo hace llamado a respetar feriados irrenunciables de Navidad y A\u00f1o Nuevo"},"content":{"rendered":"\n<figure class=\"wp-block-image size-large\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"680\" src=\"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/wp-content\/uploads\/2019\/12\/FERIADO.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-19353\" srcset=\"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/wp-content\/uploads\/2019\/12\/FERIADO.jpg 1024w, https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/wp-content\/uploads\/2019\/12\/FERIADO-300x199.jpg 300w, https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/wp-content\/uploads\/2019\/12\/FERIADO-768x510.jpg 768w\" sizes=\"auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p>Las infracciones ser\u00e1n sancionadas con multas que van desde las 5 UTM y hasta las 20 UTM<\/p>\n\n\n\n<p>El Secretario Regional Ministerial del Trabajo y Previsi\u00f3n Social inform\u00f3 sobre el funcionamiento del comercio durante los feriados obligatorios e irrenunciables de Navidad y A\u00f1o Nuevo e hizo el llamado a los empleadores a respetar estas fechas.<\/p>\n\n\n\n<p>El Seremi del Trabajo y Previsi\u00f3n Social, Carlos Leal Varas explic\u00f3 que los trabajadores del comercio tendr\u00e1n que estar fuera de su lugar de trabajo a las 20:00 horas del martes 24 de diciembre y hasta las 06:00 horas del jueves 26 de diciembre, y a las 20:00 horas del martes 31 de diciembre y hasta las 06:00 horas del jueves 2 de enero de 2020, de acuerdo a la normativa vigente.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cComo cartera del trabajo hacemos el llamado a todos los empleadores, pero en especial a quienes se desempe\u00f1an en el \u00e1rea de comercio a dar cumplimiento a estos dos feriados irrenunciables que se nos avecinan de la mejor forma posible. Los invitamos a tomar todas las medidas necesarias para que sus trabajadores y trabajadoras el 24 y 31 de diciembre a las 20:00 hrs. est\u00e9n fuera de su lugar de trabajo y para disfrutar en familia estas fechas que, sin duda, m\u00e1s que un cumplimiento a la normativa laboral es la posibilidad de compartir con nuestros seres queridos. Destac\u00f3 el Seremi.<\/p>\n\n\n\n<p>El Secretario Regional Ministerial aprovech\u00f3 la oportunidad para informar que \u201clasdenuncias ser\u00e1n podr\u00e1n realizar en el sitio web de la Direcci\u00f3n del Trabajo, www.direcciondeltrabajo.cl, en un banner que estar\u00e1 habilitado a partir de las 18 horas del d\u00eda anterior a los feriados, y esperamos que, tal como ha sido la tendencia, el cumplimento de la normativa sea cada vez mayor\u201d, recalc\u00f3 la autoridad regional.<\/p>\n\n\n\n<p>En caso de no cumplir con estos feriados obligatorios e irrenunciables, las infracciones ser\u00e1n sancionadas con multas que van desde las 5 UTM ($248.115 al mes de diciembre de 2019) hasta las 20 UTM ($992.460 al mes de diciembre de 2019) por cada trabajador afectado por la infracci\u00f3n, considerando el n\u00famero de trabajadores total de la empresa.<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; De 1 a 49 trabajadores: 5 UTM (248.115) por cada trabajador afectado.<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; De 50 a 199: 10 UTM ($496.230) por cada trabajador afectado.<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; De 200 o m\u00e1s: 20 UTM ($992.460) por cada trabajador afectado.<\/p>\n\n\n\n<p>Los empleadores sorprendidos en infracci\u00f3n deber\u00e1n cesar las labores de los trabajadores de inmediato, y abandonar su lugar de trabajo, sin perjuicio de curs\u00e1rsele la multa respectiva.<\/p>\n\n\n\n<p>En la oportunidad, la autoridad regional aclar\u00f3 que \u201clos establecimientos comerciales atendidos por sus propios due\u00f1os y\/o familiares directos pueden abrir, debido a que no existe relaci\u00f3n laboral en este caso\u201d. Y recalc\u00f3 \u201cEstablecimientos que no respeten la normativa vigente arriesgan multas de hasta $992 mil por cada trabajador afectado.\u201d<\/p>\n\n\n\n<p>La Directora Regional de la Direcci\u00f3n del Trabajo (DT) Pamela Orellana Pati\u00f1o, se\u00f1al\u00f3 \u201crecordamos que las empresas que mantenga a trabajadores en sus locales m\u00e1s all\u00e1 de las 20 horas del lunes 24 de diciembre \u2013 salvo que laboren en turnos rotativos de trabajo- se expone a multas que van desde las 5 UTM ($248.115) hasta las 20 UTM ($992.460) por cada trabajador en infracci\u00f3n. Iguales sanciones regir\u00e1n para la misma situaci\u00f3n horaria, pero los d\u00edas 31 de diciembre de 2019 y 2 de enero de 2020.\u201d<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; De 1 a 49 trabajadores: 5 UTM ($248.115) por cada trabajador afectado.<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; De 50 a 199: 10 UTM ($496.230) por cada trabajador afectado.<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; De 200 o m\u00e1s: 20 UTM ($992.460) por cada trabajador afectado.<\/p>\n\n\n\n<p>En caso de no cumplir con otorgar este descanso alternado los trabajadores que laboraron en el mismo feriado del a\u00f1o anterior, las multas van desde las 5 UTM ($248.115 al mes de diciembre de 2019) hasta 20 UTM ($992.460 al mes de diciembre de 2019) por cada trabajador afectado por la infracci\u00f3n, considerando el n\u00famero de trabajadores total de la empresa.<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; De 1 a 49 trabajadores: 5 UTM ($248.115) por cada trabajador afectado.<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; De 50 a 199 trabajadores: 10 UTM ($496.230) por cada trabajador afectado.<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; De 200 o m\u00e1s trabajadores: 20 UTM ($992.460) por cada trabajador afectado.<\/p>\n\n\n\n<p>Cabe recordar que son considerados como trabajadores del comercio todos aquellos que laboran en un establecimiento de tal naturaleza y cuyas funciones se relacionen con el expendio o venta directa al p\u00fablico de las mercader\u00edas o productos que en ellos se ofrecen.<\/p>\n\n\n\n<p>Se except\u00faan aquellos trabajadores del comercio que se desempe\u00f1an en: clubes y restaurantes; establecimientos de entretenimiento, tales como cines, espect\u00e1culos en vivo, discotecas, pub, cabaret; locales comerciales en los aer\u00f3dromos civiles p\u00fablicos y aeropuertos; casinos de juegos y otros lugares de juegos legalmente autorizados; expendio de combustibles, farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria. Tambi\u00e9n deben trabajar los dependientes de las llamadas \u00abtiendas de conveniencia\u00bb adosadas a los servicentros si venden alimentos preparados all\u00ed mismo.<\/p>\n\n\n\n<p>Los horarios solo podr\u00edan variar en el caso de los trabajadores del comercio que laboren en turnos rotativos, en el cual estos podr\u00edan prestar servicios entre las 20:00 y las 00:00 horas del d\u00eda 24 de diciembre o entre 00:00 y las 06:00 del d\u00eda 26 de diciembre, cuando el respectivo turno incida en dichos per\u00edodos. Lo mismo regir\u00e1 para el feriado del 1 de enero de 2020, en que dicha excepci\u00f3n puede aplicarse entre las 20:00 y las 00:00 del 31 de diciembre o entre las 00:00 y las 06:00 del 2 de enero.<\/p>\n\n\n\n<p>Como compensaci\u00f3n, desde 2016 est\u00e1 vigente una norma que se\u00f1ala que los trabajadores que est\u00e9n exceptuados del feriado obligatorio e irrenunciable \u2013esta vez del 25 de diciembre y 1 de enero- s\u00ed tendr\u00e1n derecho a tomar descanso a lo menos una vez cada dos a\u00f1os si contin\u00faan contratados por el mismo empleador, pudiendo pactar con \u00e9l la rotaci\u00f3n del personal necesaria para este fin. Por ejemplo, si un trabajador labor\u00f3 el 25 de diciembre del 2018 y\/o 1 de enero de 2019 y contin\u00faa trabajando para el mismo empleador, esta vez deber\u00e1 descansar.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Las infracciones ser\u00e1n sancionadas con multas que van desde las 5 UTM y hasta las 20 UTM El Secretario Regional Ministerial del Trabajo y Previsi\u00f3n&hellip; <\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":19353,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[37],"tags":[],"class_list":["post-19352","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-nacional"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/19352","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=19352"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/19352\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/19353"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=19352"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=19352"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=19352"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}