{"id":110204,"date":"2026-10-09T00:01:00","date_gmt":"2026-10-09T03:01:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/?p=110204"},"modified":"2026-10-09T00:44:44","modified_gmt":"2026-10-09T03:44:44","slug":"solicitan-anular-la-declaracion-del-parque-nacional-desierto-florido-realizada-por-el-ministerio-de-bienes-nacionales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/?p=110204","title":{"rendered":"Solicitan anular la declaraci\u00f3n del Parque Nacional Desierto Florido realizada por el Ministerio de Bienes Nacionales"},"content":{"rendered":"<p>El Segundo Tribunal Ambiental llev\u00f3 a cabo audiencia en reclamaci\u00f3n presentada por la Sociedad Nacional de Miner\u00eda, Sonami, que busca anular el decreto que declar\u00f3 el Parque Nacional Desierto Florido, en la comuna de Copiap\u00f3, regi\u00f3n de Atacama.<\/p>\n<p>El Tribunal estuvo integrado por la ministra Marcela Godoy Flores, presidenta (s), Cristi\u00e1n L\u00f3pez Montecinos, y la ministra de la Corte de Apelaciones de Santiago Karola Silva Cordones. Los alegatos fueron realizados por las abogadas Paulina Riquelme Pallamar, en representaci\u00f3n de la Sonami; y Daniela Navarrete Gonz\u00e1lez, por el Ministerio de Bienes Nacionales, y el abogado Javier Andr\u00e9s Mu\u00f1oz Saguas, del Ministerio de Bienes Nacionales; como terceros coadyuvantes de la Sonami, alegaron Patricio M\u00fcller Menge, por Compa\u00f1\u00eda Minera Sali Hochschild y Compa\u00f1\u00eda Minera Carmen Bajo Limitada; Mario Galindo Villarroel, por Sociedad Contractual Minera Carola y Otras; y Claudia Ferreiro V\u00e1squez, por Las Petacas SpA.<\/p>\n<p>La Sociedad Nacional de Miner\u00eda acudi\u00f3 ante el Segundo Tribunal Ambiental, luego que el Ministerio de Bienes Nacionales rechaz\u00f3 la solicitud de invalidaci\u00f3n del decreto supremo N\u00b012, que declar\u00f3 el Parque Nacional Desierto Florido. Solicita que esta magistratura declare que dicha negativa no se ajust\u00f3 a derecho y que anule en su totalidad el decreto.<\/p>\n<p>Expone que la definici\u00f3n del pol\u00edgono del parque carece de motivaci\u00f3n t\u00e9cnica, detallando que el informe de Conaf de 2022 omiti\u00f3 considerar los elementos del informe desarrollado en 2021, y junt\u00f3 con ello efectu\u00f3 un an\u00e1lisis del aumento de protecci\u00f3n del piso a nivel vegetacional para la alternativa 3, omitiendo el mismo c\u00e1lculo para las alternativas 1 y 2, dando cuenta de la falta de una debida fundamentaci\u00f3n t\u00e9cnica.<\/p>\n<p>A\u00f1ade que el Decreto adopt\u00f3 un pol\u00edgono de mayor extensi\u00f3n que el informe de Conaf, con 13.643 hect\u00e1reas adicionales, sin que se hayan entregado las razones de dicha decisi\u00f3n. El \u00fanico antecedente -dice- estar\u00eda dado por un oficio del Ministerio del Medio Ambiente, que no se cita en el decreto y no acompa\u00f1a antecedentes t\u00e9cnicos.<\/p>\n<p>La Sonami tambi\u00e9n alega por la afectaci\u00f3n de las concesiones mineras, puntualizando que el Ministerio de Bienes Nacionales se equivoca al entender que solo existen derechos constituidos cuando hay servidumbres o faenas regulares, desconociendo que la concesi\u00f3n minera es un derecho real e inmueble oponible al Estado, amparado por el art\u00edculo 19 N\u00ba 24 de la Constituci\u00f3n y el art\u00edculo 6\u00b0 de la Ley N\u00ba 18.097.<\/p>\n<p>En tanto, el Ministerio de Bienes Nacionales sostiene que su decreto se encuentra ajustado a derecho. Explica que la creaci\u00f3n del Parque Nacional Desierto Florido responde a un proceso t\u00e9cnico continuo de m\u00e1s de dos d\u00e9cadas, sustentado en el an\u00e1lisis de pisos vegetacionales, ecosistemas remanentes y representatividad ecosist\u00e9mica efectuado por la Conaf, y que se cumplieron todos los requisitos exigibles a la \u00e9poca, a saber, informe t\u00e9cnico justificativo, propuesta del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Clim\u00e1tico, decreto supremo suscrito por el Presidente de la Rep\u00fablica y los Ministros de Bienes Nacionales, Agricultura y Medio Ambiente, toma de raz\u00f3n y publicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Respecto de la justificaci\u00f3n t\u00e9cnica y jur\u00eddica de la declaratoria, afirma que el informe de la Conaf es un antecedente importante, pero no vinculante, agregando que si bien el pol\u00edgono propuesto se superpon\u00eda con ocho faenas mineras regulares, ello fue corregido por las entidades que conforman el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Clim\u00e1tico junto a lo cual se debe tener presente que la propuesta reforzada del pol\u00edgono impulsada por el MMA coincide en un 43% con uno de los n\u00facleos de mayor biodiversidad del sitio prioritario.<\/p>\n<p>El ministerio precisa que las 61.444,67 hect\u00e1reas se ajustaron a 57.111 hect\u00e1reas excluyendo la faja de la Ruta 5, los proyectos mineros en ejecuci\u00f3n y las l\u00edneas de transmisi\u00f3n el\u00e9ctrica.<\/p>\n<p>Respecto de los derechos mineros, se\u00f1ala que el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Clim\u00e1tico excluy\u00f3 los proyectos en desarrollo y que, conforme al Ordinario N\u00ba 162\/2025 del Ministerio de Miner\u00eda, de las 21 faenas identificadas en el pol\u00edgono, 17 est\u00e1n abandonadas, 2 operan irregularmente, 1 est\u00e1 proyectada y 1 tiene su exploraci\u00f3n finalizada, sin que ninguna cuente con servidumbre constituida. Agrega que la mera concesi\u00f3n no es un derecho adquirido si no se cumplen las exigencias ambientales y sectoriales, descartando una expropiaci\u00f3n regulatoria, al tratarse de restricciones fundadas en los art\u00edculos 19 N\u00ba 8 y N\u00ba 24 de la Constituci\u00f3n.<\/p>\n<p>En lo referido a la proporcionalidad, indica que la alegaci\u00f3n parte de un presupuesto equivocado, pues en el pol\u00edgono no se ejecutan faenas regulares, y que la superficie objeto de la declaratoria es producto de un trabajo coordinado entre los ministerio del Medio Ambiente, de Miner\u00eda, y Bienes Nacionales, y la Conaf, que concili\u00f3 la conservaci\u00f3n con las faenas que operan regularmente.<\/p>\n<p>En cuanto a la contradictoriedad y publicidad del proceso, la reclamada hace presente que la regulaci\u00f3n en la materia no contemplaba participaci\u00f3n ciudadana, sin perjuicio de lo cual, la Sonami y las empresas mineras que se incorporaron a la reclamaci\u00f3n pudieron hacerse parte en el proceso, pero no lo hicieron.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Segundo Tribunal Ambiental llev\u00f3 a cabo audiencia en reclamaci\u00f3n presentada por la Sociedad Nacional de Miner\u00eda, Sonami, que busca anular el decreto que declar\u00f3&hellip; <\/p>\n","protected":false},"author":7,"featured_media":85010,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[7],"tags":[],"class_list":["post-110204","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-atacama"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/110204","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/7"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=110204"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/110204\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":110205,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/110204\/revisions\/110205"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/85010"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=110204"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=110204"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radioamigavallenar.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=110204"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}